lunes, 10 de diciembre de 2018

Actualizan procedimiento para solicitud de continuidad en el seguro social de salud de hijos discapacitados


Desde este lunes 10 de diciembre del 2018, por Resolución N° 080-012/18 del Consejo de Administración, se implementa una actualización al procedimiento para la solicitud de la continuidad en el seguro Social de Salud de hijos discapacitados de asegurados activos y jubilados.

Esta actualización establece que los interesados deben de llenar el formulario "SOLICITUD DE CONTINUIDAD DE HIJOS DISCAPACITADOS" y presentarlo en la Mesa de Entrada de la Gerencia de Prestaciones Económicas del IPS para la capital y en el interior del país en los Hospitales Regionales y Unidades Sanitarias.

El solicitante deberá presentar los siguientes documentos:

- Formulario de Solicitud, debidamente completado

- Fotocopia de cédula de identidad vigente del asegurado cotizante y del menor discapacitado

- Certificado de Nacimiento original del hijo con discapacidad.

- En los casos de adopción o curatela la Sentencia Judicial original o autenticada por escribanía.

- Informe de la condición, tipo y grado de discapacidad proveído por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las personas con Discapacidad (SENADIS).
Por declaración jurada deberá informar y contar con las siguientes condiciones:


- La presentación debe ser realizada antes de la fecha de cumplimiento de los 18 años de edad (Mayoría de edad).

- Dirección del domicilio donde residen.

- Encontrarse a la fecha de la solicitud el menor discapacitado, bajo la condición de dependencia económica.

- Estado civil soltero del menor discapacitado. No se admitirá el beneficio cuando el menor sea de estado civil casado.

Presentado los documentos, la recepción y continuidad depende de:

- Que la solicitud de Continuidad en el Beneficio se presente hasta 24 meses de haber cumplido 18 años de edad el niño/a

- Que haya estado inscripto como beneficiario/a en su minoridad

- Que asegurado titular, padre o madre, se halle al día en sus aportes; o si es Jubilado o Pensionado, deberá tener su Supervivencia vigente.

Se aclara que todos los trámites de inclusión de beneficiarios dentro del IPS no tienen costo para el asegurado.

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